domingo, 9 de febrero de 2014

Derechos Humanos, Derechos Fundamentales, Garantías Individuales y Garantías Constitucionales

Derechos Humanos, Derechos Fundamentales, Garantías Individuales y Garantías Constitucionales

Todo emana de nuestra Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, en donde su parte dogmática se encuentran los derechos de los gobernados, cuyos derechos también son conocidos como garantías. Estos derechos son adquiridos de forma automática y el Estado se ve obligado a reconocer, respetar y proteger mediante normas jurídicas sociales.

Desde tiempos inmemoriales se establecieron ciertos principios para la coexistencia de una sociedad, como es el caso de los diez mandamientos, con un valor religioso que norma la vida de los individuos de forma espiritual. En el caso de la sociedades actuales han adquiridos ciertas normas que les ayuda a regular su comportamientos, misma que son aplicadas por medio de las instituciones que el Estado reconoce y otorga facultades.
Las Naciones Unidas de los Derechos Humanos define a los Derechos Humanos cualidades inherentes a todos los seres humanos, agregándole descripción de los mismos, como lo son: nacionalidad derivado que es de índole internacional, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, entre otras., mismas que son inherentes, indivisibles e interrelacionados e intransferibles.
Las Garantías Individuales se entiende como las medidas para proteger los derechos fundamentales de los individuos, mismas que han evolucionados a través del tiempo. En nuestra Carta Magna se encuentra contemplada del artículo 1 al 29, permitiendo garantizar los derechos de los individuos, siendo el medio jurídico de más alto rango que lo norma en el sistema jurídico mexicano.
Mucha razón tiene Jorge Carpizo, mediante el cual hace la distinción entre los Derechos Humanos y las Garantías Individuales, misma que en su propia definición e interpretación los distinguen. La primera marca ciertas características o cualidades que el ser humano adquiere desde el nacimiento, mientras que lo segundo como su nombre lo dice se tiene que garantizar y esto se hace a través de las normas jurídicas creadas y aplicadas por el Estado.

Derechos Fundamentales, hoy en día no hay una definición en concreto de los derechos fundamentales, de tal modo que algunos autores hace alusión a los Derechos Humanos y su relación jurídica con el Estado. Por ejemplo el derecho a la vida, es un derecho fundamental y en la parte de los derechos humanos. De acuerdo con Luigi Ferrajoli, dice que los derechos fundamentales son “todos aquellos derechos subjetivos que corresponden universalmente a todos los seres humanos en cuanto dotados del status de personas, de ciudadanos o de personas con capacidad de obrar”. Los derechos Fundamentales como su nombre lo dice son básicos para la existencia que toda persona tiene desde el inicio de la vida.
Cómo diferenciar los derechos fundamentales de los derechos humanos, si el primero hace a lución al derecho a la vida por ejemplo, y en lo segundo hace alusión las cualidades para tener una vida digna.    

Garantías constitucionales son los derechos humanos y garantías individuales que se encuentran plasmados en nuestra constitución.

Fuentes
Armando Hernández Cruz, Derechos Humanos, democracia y desarrollo, Comisión de los Derechos Humanos.
Héctor Fix Zamudio, Introducción al Estudio de la Defensa de la Constitución en el Ordenamiento Mexicano, UNAM, México, 1994.

Margarita Herrera Ortiz, Manual de Derechos Humanos, Quinta Edición, Edit. Porrúa, México, 2011.

No hay comentarios:

Publicar un comentario