Derecho social: La
discriminación
·
Discriminación
por vestimenta
·
Discriminación
por grado de estudio
·
Discriminación
por nivel económico
La comunidad de San Mateo Municipio
de Amanalco de Becerra Estado de México, su población de origen otomí cuya
vestimenta se ha perdido a través del tiempo, uno de sus principales causas fue
la migración de su población a la Ciudad de México. Durante este proceso la
población migrante sufría señalamientos por la gente de la ciudad, y para
evitar esas acusaciones y señalamientos adoptaron la vestimenta de las
ciudades, dejando así la vestimenta otomí, misma que hasta el día de hoy ya no
se usa, los cuales se componía de: pantalón de manta y camisas de la misma
tela, guaraches y sombrero.
La población adulta sólo tiene
primaria incompleta y por su grado de estudios siempre en las grandes ciudades
les decían analfabetas por su grado de estudios. El grado de estudios que aún
preservan las personas adultas es discriminado por los mismos jóvenes de la
comunidad, derivado que ellos alcanzaron el nivel de secundaria
Otro factor es el nivel económico y
por ser una comunidad indígena se actividad predominante es la agricultura, y
estos se ven discriminados al llevar su producto a las grandes ciudades como la
central de abasto de la Ciudad de México, en donde el precio del producto es
comprado por el precio por debajo de su producción. La venta lo tienen que
hacer por la distancia viajada y por los gastos generados en el transporte de
su producto.
Derecho económico:
Derecho a la protección de la Salud
·
Falta
de acceso a los centros de consulta
·
Falta
de especialidades médicas
·
Falta
de medicinas
En la misma comunidad descrita en el
primer apartado de este documento el acceso a la salud es complicado derivado
que se cuenta con una unidad médica y un solo médico general, y por lo regular
siempre es pasante de medicina, en donde las cualidades de un pasante es
aplicar sus conocimientos adquiridos en sus estudios, por lo que yo lo puedo
llamar como experimentación.
Si el estado nos debe garantizar
centros de asistencia de salud y médicos, lo debe de hacer con calidad, para
que la población goce de la protección de su Salud.
Como centro de salud comunitario les
hacen falta especialidades, derivado que la rama de la medicina es muy amplio,
y derivado de esa carencia la población acude a los centros de salud pública a
la Ciudad de Toluca con la salvedad que pueda alcanzar una ficha y así poder
ser atendida.
A la falta de especialidad le
agregamos la falta de medicinas, como primer punto un médico general
experimental, como segundo punto falta de especialistas en cada tema, y como
tercer punto falta de medicinas, lo que podremos concluir, que las comunidades
cualquiera que sea, en este caso la de San Mateo, se encuentra fuera de la
protección de la Salud que el Estado debe garantizar como programa social, para
el cuidado de su población.
Derecho cultural: A
la educación
·
Falta
de maestro bilingües
·
No
acceso por edad intermedia a los 6 años.
·
Falta
de centro educativos adecuados y apegado a la modernidad
La educación en las comunidades
indígenas se encuentra rezagado en la preservación de la lengua materna por los
siguientes puntos: La falta de enseñanza de la lengua materna de los mayores a
los niños; dos, que las maestros no sean bilingüe en su enseñanza de sus
actividades educativas. Estos y otros factores en la enseñanza y cumplir con lo
establecido en la constitución son referencia de la perdida de la lengua
materna.
Otra problemática, no sólo presentado
en esta comunidad, sino en toda la población, son aquellos niños que no
alcanzan la edad para poder ingresar al nivel básico, derivado que como primer
requisito es tener los seis años cumplidos. Este requisito queda en un proceso
discriminatorio cuando el niño le hace falta unos meses para cumplir dicho
requisito y por ende queda fuera de ciclo escolar, y para el siguiente años,
estos mismo niños están por cumplir siete años. De qué forma se puede resolver
si la constitución no marca la edad al acceso a la educación.
De las descripciones anteriores no
encontramos con la falta del acceso a la tecnología, para este tema en
específico el internet y el uso de la computadora. Los alumnos de nivel básico
desconocen que el uso de una computadora e internet, derivado que el nivel
básico en sus aulas lo contempla, además la falta de la misma infraestructura,
anidado a ello, los mismos padres de familia no cuentan con el nivel económico
para adquirirlos.
Derecho al medio
ambiente: Medio ambiente sano
·
Falta
de cultura al medio ambiente
·
Falta
de castigo a los infractores
·
Controversia
con en las comunidades acostumbrados de vivir del bosque con las penas
aplicables por su destrucción.
La falta de cultura al medio ambiente
hace que la población de las comunidades destruyan los bosques para vivir de
ella, no teniendo en cuenta que le hacemos un daño al medio ambiente, y con
ello somos coparticipe del cambio climático que hoy en día se está dando en
todo el mundo.
El cubrimiento de este delito existe
entre la misma población derivado que esta actividad se encuentra tipificado y
penado por el CPF, y por la misma constitución, sin embargo, a falta de
políticas estrictas u omisiones de la misma autoridad, implica que se sigan
generando estad prácticas.
Si bien es cierto, esta práctica se
encuentra penado, sin embargo, la costumbre y tradición de la comunidad es de
vivir del bosque, y por último momento se le comunica que está penado y
sancionado, por lo que tiene que cambiar su estilo de vida, del uso de leña
como se le llama en las comunidades al uso del gas.
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